Tegucigalpa.- La Sala Quinta del Tribunal de Sentencia de Tegucigalpa, durante una audiencia AD-HOC, emitió una orden de captura en perjuicio de Jaris Bustillo Amador. Este había sido condenado por homicidio y uso de armas de fuego de uso comercial en un juicio oral y público.
El individuo fue previamente liberado de manera errónea tras recibir una condena acumulada de 19 años de prisión en el centro penal conocido como El Pozo, ubicado en Ilama, Santa Bárbara. Esta liberación inapropiada se debió a una decisión confusa tomada por Franklin Betancourth Martínez, el director de la cárcel.
El 19 de junio de 2023, durante una audiencia de lectura de sentencia, se estableció para Jaris Bustillo Amador una condena de 15 años de prisión por el delito de homicidio contra Miguel Lara Ramos. Además, se le impuso una pena de 4 años por portar ilegalmente un arma de fuego de uso permitido, afectando el orden público.
En esa misma instancia, Bustillo Amador resultó absuelto del cargo relacionado con el uso de vehículo automotor robado contra Erlin Baca Reyes. A raíz de esta absolución, el 20 de junio se emitió una carta de liberación provisional para el imputado por este único cargo, con la salvedad de que existía un veredicto condenatorio por los otros delitos mencionados previamente.
Sin embargo, el 25 de agosto de 2023, el tribunal recibió el oficio 511-D-CPISB-2023 procedente de El Pozo, Ilama. En dicho documento, Franklin Betancourth, director del centro penitenciario, explicó que la carta que contenía tanto el fallo absolutorio como el fallo condenatorio presentaba una redacción confusa. Esta confusión llevó a la excarcelación errónea de Bustillo Amador en base a la orden de libertad provisional.
A raíz de estos acontecimientos, el Tribunal de Sentencia citó a Betancourth Martínez y a la secretaria legal del centro penal de Ilama, Santa Bárbara, Tania Paredes, para una audiencia Ad-Hoc con el objetivo de que proporcionaran su versión de los hechos.