Tegucigalpa.- La Corte de Apelaciones en materia de Criminalidad Organizada y Corrupción por unanimidad de votos ordenó en las últimas horas revocar la decisión del Juez de Primera Instancia y manda se imponga la medida cautelar de prisión preventiva a la acusada Rocío lzabel Tábora Morales por suponer responsable, título de cómplice necesario, de un delito consumado de Fraude en perjuicio del Estado de Honduras.
En su resolución, el tribunal de alzada indica; Declarar Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría General de la República (PGR) y el recurso de apelación interpuesto por el Misterio Público.
Segundo: Revocar la resolución de fecha 16 de enero de 2024, dictado por el Juzgado de Letras con Competencia Territorial Nacional en Materia de “Criminalidad Organizada y Corrupción, mediante la cual sustituye la medida cautelar de prisión preventiva por medidas sustitutivas”.
La Corte de Apelaciones encuentra que en el caso de mérito existieron, desde el inicio del proceso, los presupuestos que justifican la imposición de la medida Cautelar de prisión preventiva, mismos que no han variado hasta esta el momento procesal, según el criterio establecido por los Magistrados.
Para la Corte de Apelaciones lo procedente en el presente caso es emitir las ejecutivas que correspondan para que el Instituto Nacional Penitenciario (INP) acate los cuidados necesarios, suficientes y eficientes a favor de Tábora Morales a efecto de que reciba de manera constante y a tiempo los medicamentos debidamente prescritos por los facultativos de la ciencia médica.
Además, en la resolución se indica que «sea sometida a los procedimientos médicos y terapia médica que se le hayan indicado, pudiendo para ello dar participación a Comisionado Nacional de Derechos Humanos (CONADE) para que sea vigilante de dicha orden judicial.