Tomás Zambrano dice que ya existe una sentencia sobre la aplicación del artículo 80, por lo tanto «debería ser desestimado»

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Tegucigalpa.- El jefe de la bancada del partido Nacional (PN), Tomás Zambrano, expresó que ya existe una sentencia sobre la aplicación del artículo 80 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, por lo tanto, debe ser desestimado la presentación de un recurso de inconstitucionalidad en su contra.

Zambrano reaccionó con una publicación a través de su cuenta de Twitter (ahora X), como respuesta al recurso de inconstitucionalidad presentado en contra del artículo 80.

En las últimas horas, el diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre), Ramón Barrios, interpuso este recurso en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Zambrano invitó a la junta directiva del Congreso Nacional y “sus mercenarios” a que lean el artículo 91 de la Ley de Justicia Constitucional.

Lo que dice el artículo 91: De la desestimación por repetición: La Sala de lo Constitucional podrá desestimar toda acción, excepción o cuestión de inconstitucionalidad cuando los motivos alegados sean los mismos, aunque se trate de personas distintas, en que se hubiese sustentado un proceso anterior en el que la respectiva sentencia haya declarado sin lugar la inconstitucionalidad.

Por este artículo, Zambrano alega que la Sala de lo Constitucional ya había emitido sentencia y por lo que debería desestimar el recurso de inconstitucionalidad.