Tegucigalpa.- El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), señaló en un análisis que, más allá de los argumentos contrapuestos que se han generado a partir de la aprobación de la adhesión de Honduras con el Banco de Desarrollo de América Latina y El Caribe (CAF), los hechos evidencian que existen vicios de legalidad en el trámite que se siguió para la publicación del decreto en Diario Oficial La Gaceta.
El análisis indica que si la intención de los actores políticos que promueven la adhesión de Honduras al CAF es acceder a fuentes de financiamiento para disponer de mayores recursos orientados a la inversión pública, el resultado no ha sido favorable, ya que por situaciones políticas se ha propiciado un ambiente de incertidumbre que resulta en inseguridad jurídica y un deterioro del clima de inversión en el país.
La publicación del decreto de adhesión al CAF en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras, se produjo desconociendo la integralidad del proceso legislativo contenido en la Constitución de la República y las disposiciones complementarias que desarrollan, dice el Cohep.
Agrega que ante el escenario de que se interponga una acción de inconstitucionalidad, le corresponderá a la Sala de lo Constitucional pronunciarse sobre el particular, sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondan a los funcionarios que se extralimitaron en las facultades que la ley les reconoce durante el proceso de formación de la ley.
El Cohep recordó en su análisis que según el artículo 94 de la Ley sobre Justicia Constitucional, una eventual declaratoria de inconstitucionalidad de la norma tendrá efectos generales y derogará la norma inconstitucional, pero es importante que los actores políticos correspondientes no esperen una resolución del Poder Judicial para reflexionar sobre los efectos que los vicios de nulidad traerán en el marco de cualquier decisión que se tome para la implementación del decreto legislativo número 28-2023 contentivo de la aprobación del convenio constitutivo del CAF.
El Cohep reconoce que, en el marco de su participación en espacios de cooperación externa, el país requiere de alternativas para acceder a fuentes de financiamiento.
No obstante, cualquier medida que uno de los poderes del Estado adopte en este sentido debe producirse en el marco de la Constitución de la República y demás fuentes del derecho aplicables en el sistema jurídico hondureño.