Sala de lo Constitucional declara ¡sin lugar! recurso de inconstitucionalidad contra amnistía política

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Tegucigalpa.- La Sala de lo Constitucional de la Corte de Suprema de Justicia (CSJ), declara sin lugar garantía de inconstitucionalidad interpuesta por la jueza Karla Lizeth Romero Dávila contra decreto legislativo No. 4-2022, Ley para la reconstrucción del estado constitucional de derecho y para que los hechos no se repitan mejor conocida como amnistía política.

Esta resoluciòn de la Sala de lo Constitucional se da debido a que fueron presentados con error de procedimiento.

Aquí el fallo

La Sala do lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, como Interpreto último y definitivo de la Constitución de la República, oída en audiencia la oposición del agente de tribunales del Ministerio Publico, por UNANIMIDAD de votos, en nombre del Estado de Honduras y con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 183, 184, 185 303, 304, 308, 313 No. 5, 316 No. 1 y 375 de la constitución de la República; 1.1, 2, 23 de la Convención americana sobre derechos humanos; 1, 3 No. 3, 1, 5, 8, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 89 y 92 de la Ley sobre Justicia Constitucional; 4 de la Ley para la reconstrucción del estado constitucional de derecho y para que los hechos no se repitan

FALLA: Declarando SIN LUGAR la garantía de inconstitucionalidad interpuesta de oficio por razón de forma y de contenido por la jueza KARIA LIZETH ROMBRO DÁVILA, quien comparece expresando que es Juez del Tribunal de sentencia del departamento de Francisco Morazán, integrante en la causa No. TST/FM (19) -133-2022) por designación de los demás jueces JEANNETE BLIZABETH PADGETT, ENILDA GERLADINA MEJÍA y ROSAMINDA VELÁSQUEZ, integrantes de la Sala cuarta de sentencia del departamento de Francisco Morazán. 3 la garantía de inconstitucionalidad se dirige en contra del decreto legislativo No. 4-2022, emitido en fecha dos de febrero de dos mil veintidós por el honorable Congreso Nacional de la República de Honduras, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 35,840 de fecha cuatro de febrero de dos mil veintidós, contentivo de la Ley para la reconstrucción del estado constitucional de derecho y para que los hechos no se repitan; con relación a la solicitud de amnistía presentada por el abogado NICOLÁS GARCÍA ZORTO en la causa instruida contra los señores OSCAR NAHUN RUBÍ FLORES y PEDRO ARNALDO PINTO a quienes se le sigue proceso por el delito de fraude, en perjuicio de la Administración Pública (Exp. No. TST/FM (19)-133-2022).