Rafa Jerez y Gabriela Castellanos exponen la lucha por el control político del sistema de transmisión de resultados electorales en las elecciones generales hondureñas

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Cortesía de HCH.

Honduras se acerca cada vez más a la celebración de sus elecciones generales el próximo 30 de noviembre de 2025 en medio de un clima de incertidumbre política que sube y baja dependiendo del momento en que se encuentre la etapa previa del ciclo de elecciones. Las elecciones primarias concluyeron en abril de este mismo año sin que hubiera lugar a dudas en cuanto a los resultados de los candidatos electos para competir en las elecciones generales. Sin embargo, las irregularidades que se produjeron el día de la jornada electoral con los retrasos en la llegada del material electoral a diferentes centros de votación, principalmente en los departamentos de Francisco Morazán y Cortes, los dos con mayor carga electoral en el país, y su consecuente impacto en el escrutinio y la transmisión de resultados preliminares, despertaron sí produjeron incertidumbre sobre el papel que debía jugar instituciones como las Fuerzas Armadas de Honduras en el traslado y la custodia del material electoral, y en contribuir al cumplimiento de las funciones constitucionales asignadas al Consejo Nacional Electoral (CNE).

Con muchas preguntas que persisten con relación a lo acontecido en las elecciones primarias, el 29 de mayo de 2025 el CNE emitió la convocatoria de las elecciones generales, marcando el inicio formal para el cumplimiento del cronograma electoral. Hasta la fecha, con el cierre del mes de agosto, el punto de discordia más determinante que ha tenido el CNE hasta el momento se produjo con la aprobación de los pliegos de condiciones para la contratación del sistema de transmisión de resultados preliminares (TREP). Este artículo se propone argumentar que, en la etapa pre-electoral, el TREP se ha convertido en un objetivo de control político de cara al día de las elecciones generales, más que en un sistema para informar a la ciudadanía de los resultados preliminares, de cara al escrutinio definitivo y la declaratoria de ganadores.

El TREP en la legislación y en la historia político-electoral reciente

El TREP no es un sistema novedoso en el sistema electoral hondureño. Por ejemplo, en las elecciones generales de 2005, el TREP era un sistema pensado para transmitir resultados electorales por medio de fax y teléfono. Sin embargo, desde entonces, la Organización de los Estados Americanos (OEA) recogió en su informe de observación electoral, que días antes de la jornada electoral hubo cambios en el diseño del TREP debido a la desconfianza entre los partidos políticos contendientes. En ese entonces, la competencia electoral se concentraba, en su mayoría, en el Partido Nacional y el Partido Liberal.

El sistema de transmisión de voz como forma para transmitir resultados electorales se utilizó nuevamente en las elecciones primarias de 2012. Fue en las elecciones generales de 2013 que el entonces Tribunal Supremo Electoral (TSE) implementó un Sistema Integral de Escrutinio y Divulgación Electoral (SIEDE) que basó la transmisión de los resultados electorales por medio del escaneo digital de las actas. Este fue, además, el primer proceso electoral en el que compitió el Partido Libertad y Refundación (LIBRE), creado a raíz del golpe de Estado de 2009, liderado por el expresidente José Manuel Zelaya Rosales, quien había sido electo presidente de la República por el Partido Liberal en el 2005.

Las elecciones generales de 2017 fueron un parteaguas, incluso con el TREP como eje central del debate político-electoral. El presidente Juan Orlando Hernández compitió en el proceso electoral general legitimándose políticamente con una sentencia de la Sala de lo Constitucional del 22 de abril de 2015 en la que se habilitó la reelección presidencial, aun a pesar de la existencia de prohibiciones constitucionales en la materia, que además son irreformables. El SIEDE fue utilizado en ese proceso electoral. Aproximadamente un mes antes de las elecciones, la empresa contratada fue sustituida debido a desconfianza persistente en los partidos políticos opositores. La primera actualización del SIEDE se produjo en horas de la madrugada del día siguiente a las elecciones generales, en la que el candidato Salvador Nasralla superó a Hernández por una diferencia de 5% con un 57% de los resultados de las mesas electorales procesadas. Después de la primera actualización de resultados, el sistema de divulgación de resultados no fue actualizado sino hasta entrado el día siguiente de la elección, es decir, en horas de la mañana del 27 de noviembre de 2017.

Según la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea, los resultados brindados por el TSE en la primera actualización de resultados se basaron en actas provenientes de centros de votación que sí pudieron hacer una transmisión electrónica de los resultados. Hubo un aproximado de 29% del total de actas que tuvieron que ser computadas hasta que el material electoral regresó a la bodega central del TSE. En la medida en la que estas actas fueron introducidas al sistema, se revirtió progresivamente el resultado de la votación. Hernández terminó siendo declarado ganador por el TSE y logró imponer su segundo mandato al margen de las prohibiciones contenidas en la Constitución de la República.

Cuatro años después, en 2021, Honduras se adentró a un ciclo de elecciones primarias y generales con un nuevo diseño institucional reflejado en el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal de Justicia Electoral (TJE), a partir de una reforma constitucional aprobada en enero de 2019. Para las elecciones generales, derivado de la creación del CNE y el TJE en la constitución, se aprobó una nueva Ley Electoral en mayo de 2021. Esta ley amplió las regulaciones vinculadas al TREP, con respecto a lo que anteriormente estableció la legislación electoral que se adaptó al funcionamiento del TSE. Para el caso, el artículo 186 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, en vigor entre 2004 y 2021 estableció que una vez que se hubiera finalizado la práctica del escrutinio en las mesas electorales, el TSE iniciaría con la divulgación del resultado del escrutinio, “por los medios de comunicación, utilizando los formatos y procedimientos para tal fin, en forma periódica”. El artículo 187 estableció que el formato diseñado para los resultados preliminares debía imprimirse con las medidas de control y seguridad necesarias. La ley no incluía mayores detalles relacionados a cómo debía funcionar la divulgación de resultados preliminares.

Por el contrario, la nueva Ley Electoral aprobada en 2021 establece que el contrato derivado del proceso de contratación del TREP debe estar adjudicado a más tardar cuatro meses antes de la celebración del proceso electoral. Además, define que ante el incumplimiento de este plazo, las autoridades del CNE incurren en responsabilidad legal. La ley también prevé que el sistema de transmisión debe tener interconexión directa con el servidor de los partidos políticos participantes, las salas de observación y los medios de prensa nacionales e internacionales. La ley añadió la obligación al CNE de proceder con la primera actualización de resultados a más tardar tres horas después de haberse cerrado la votación, en sesión pública del Pleno de Consejeros del CNE. En la divulgación de resultados, el CNE se ve en la obligación de expresar el porcentaje de actas y votos que está divulgando, y a la vez, advertir sobre el porcentaje pendiente de divulgar por cada departamento. Por último, la ley le asignó al CNE y a sus dependencias la obligación de diseñar e implementar los sistemas relacionados con el cómputo, transmisión y divulgación de resultados, incluyendo simulacros y los procesos necesarios, con los mecanismos de seguridad pertinentes.

Para las elecciones generales de 2021 el TREP no iba a ser la única solución tecnológica relevante durante la jornada electoral, la nueva legislación electoral incluyó el mandato de utilizar un dispositivo digital orientado a la comprobación de la huella dactilar del votante. Aproximadamente un mes previo a la jornada electoral, un acuerdo político suscripto entre Salvador Nasralla, quien fungía como candidato presidencial de la Unidad Nacional Opositora de Honduras, y Xiomara Castro, candidata presidencial del Partido Libre, redujo la competencia a la candidatura presidencial del Partido Libre, a la cual se sumó Nasralla, y la del Partido Nacional, liderada por Nasry Asfura, el entonces alcalde del Distrito Central.

En la noche de la jornada electoral, el CNE comenzó la actualización de resultados a las 8:45 p.m. con el 16.1% del total de actas en el nivel presidencial. Hasta las 7:00 a.m. del lunes siguiente al día de la jornada electoral, se habían publicado un 51% de las actas. Este proceso electoral no registró problemas con respecto al reconocimiento de los resultados expuestos por el TREP. Precisamente el lunes 29 de noviembre de 2025, el candidato presidencial del Partido Nacional, Nasry Asfura reconoció la victoria de Xiomara Castro.

Una nueva controversia surge en el marco del ciclo electoral de 2025

Para las elecciones primarias de 2025, el CNE procedió nuevamente con la implementación del TREP. En este caso, sin mayores novedades en la etapa previa de la jornada electoral. El 15 de noviembre de 2024, el CNE anunció la asignación del contrato correspondiente a la prestación de los servicios del TREP para el 9 de marzo de 2025. Los pliegos de condiciones para el funcionamiento del TREP en las elecciones primarias previeron que después de finalizado el escrutinio de los votos en la Junta Receptora de Votos (JRV), se avanzaría al escaneo del documento, y previo al envío del acta, el sistema permitiría realizar las correcciones que correspondiere en el caso de inconsistencias con los valores consignados en el acta o los proyectados en términos numéricos en la pantalla del scanner. Considerando las medidas de seguridad incorporadas en el sistema, se procedería con la transmisión de los resultados. Una vez que los datos son recibidos por los servidores facilitados para el TREP, previo a la consolidación de los resultados, los datos pasarían por procedimientos automáticos de verificación de la integridad de la información.

Como tal, el centro del debate el día de la jornada electoral no fue el TREP. A tempranas horas de la mañana del 9 de marzo comenzaron a surgir reportes sobre la no llegada de material electoral a centros de votación, ubicados principalmente en los departamentos de Francisco Morazán y Cortes, los dos departamentos con mayor carga electoral en el país. El desbalance entre centros de votación a nivel nacional a los que sí llegaron las maletas electorales y centros de votación a los que no llegaron a tiempo las maletas con el material electoral no paralizó completamente el proceso electoral, pero sí produjo un descontrol en la gestión del proceso y en la armonía en el flujo de la información. Por un lado, por medio del Comunicado 013-2025 el CNE informó, aproximadamente a las 11 de la mañana de la jornada electoral, que se habían registrado el inicio en la utilización del 80% de dispositivos biométricos en las JRV a nivel nacional. En el siguiente Comunicado 014-2025, el CNE instruyó a las 2,571 JRV del Distrito Central y las 1,560 de San Pedro Sula, Cortés, a ampliar el horario de la votación hasta las 9:00 p.m., o hasta que el último ciudadano de la fila haya ejercido el sufragio.

En ese contexto, el CNE dio la primera actualización de resultados pasadas las 10:00 p.m., dos horas después de lo que dispone la Ley Electoral y con la votación en curso en algunos centros de votación. Al día siguiente, el CNE aseguró que el TREP registró una actualización de resultados equivalente al 62% de la votación y el sistema biométrico registró un funcionamiento del 87%. Los resultados finales de los tres partidos políticos reflejaron que fue una contienda sin márgenes cerrados entre las candidaturas políticas de cada uno. Desde el enfoque de los posicionamientos políticos, los resultados de las elecciones primarias fueron útiles, sobre todo, para medir la fuerza de los candidatos políticos y de los partidos políticos conjuntamente, pero los problemas logísticos del proceso despertaron nuevamente el fantasma de las irregularidades en los procesos electorales hondureños.

Pasando a las elecciones generales, luego de la convocatoria realizada por el CNE el 29 de mayo de 2025, uno de los hitos más relevantes de la etapa previa a la jornada electoral sería nuevamente el proceso de contratación del TREP. Después que el pleno de Consejeros del CNE aprobó los lineamientos para el funcionamiento del TREP, el 15 de junio de 2025 se aprobó, por mayoría de votos, el documento que contiene los pliegos de condiciones para continuar con el proceso de contratación. Esta decisión despertó una nueva controversia, en este caso promovida por el consejero Marlon Ochoa, quien sostuvo que el modelo aprobado se asemejó al utilizado en las elecciones generales de 2017 y que, por lo tanto, estaba orientado a facilitar un fraude electoral. Ochoa también sostuvo en las semanas siguientes que los pliegos de condiciones debían aprobarse por consenso unánime, ya que la Ley Electoral hace mención del consenso en el artículo 279 en alusión a los medios y lineamientos de divulgación de resultados preliminares, que como se mencionó, sí fueron aprobados por unanimidad en el CNE en mayo. Pero, una decisión se relacionó a los lineamientos y otra los pliegos de condiciones.

Los pliegos de condiciones aprobados originalmente previeron entre las condiciones requeridas para el funcionamiento del TREP, la posibilidad de que, una vez escaneada el acta con los resultados electorales, se pudiera visualizar al lado de la imagen escaneada los números correspondientes a los resultados, con la facultad de que a nivel de la JRV poder efectuar las correcciones en caso de que no coincidieran las cifras. Una vez transmitida el acta, en el caso de que no fuese sujeta a correcciones por los miembros de la JRV, pasaría por una validación automática con criterios previamente definidos, y sería posteriormente divulgada. En caso de que el acta fuese corregida en la JRV, pasaría a una segunda transcripción manual con la cual se verificaría que los resultados proyectados en la imagen escaneada coinciden, y luego se procedería a la divulgación de los resultados. Solamente si no hay coincidencia en los resultados proyectados o si el acta no aprueba los criterios de validación automática, sería publicada pero no agregada al cómputo final de los resultados electorales.

El Partido Libre se opuso a este diseño de TREP, motivo por el lo cual, el 7 de julio de 2025, el día previsto para la recepción de las ofertas para la prestación del servicio, un grupo de simpatizantes de este partido bloqueó el paso de las empresas oferentes, por lo tanto, el acto se pospuso. Este fue el punto de partida de aproximadamente tres semanas de paralización del CNE dada la presión del Partido Libre por revertir del modelo de TREP aprobado. La crisis escaló al punto de derivar en la presentación de la renuncia al cargo de consejera del CNE de Ana Paola Hall quien unilaterlamente no fue puesta en consideración del pleno del Congreso Nacional por el presidente de este poder del Estado.

Finalmente, el 4 de agosto de 2025 el pleno de Consejeros del CNE aprobó unánimemente una enmienda a los pliegos de condiciones del TREP. Entre los cambios incorporados figura el mandato de agregar una etiqueta al acta señalando que fue sujeta a cambios en la JRV, si así fuese el caso. Además, se agregó que, en caso de que hubiese errores en la transcripción de las actas, solamente el pleno del CNE puede autorizar correcciones a los datos transcriptos, por unanimidad de votos, pero se mantendrá la participación de funcionarios designados por el pleno del CNE para la aplicación de la corrección en los casos de errores identificados.

No se puede caer en el error de considerar que la disputa que emergió en el CNE ocurrió exclusivamente por el alcance técnico del funcionamiento del TREP, en particular cuando la historia reciente demuestra que no ha logrado superar más del 70% de transmisión la noche de la elección. En el fondo, los cuestionamientos que surgieron se relacionan con el control político sobre un sistema que, aunque haya un porcentaje bajo de transmisión de actas en la noche de la jornada electoral, permite que se comience un discurso en torno a una tendencia que da por ganador a uno u otro partido político, nuevamente, como lo demuestra la historia política reciente. En ese sentido, resulta todavía relevante el precedente que sentó en el sistema electoral el proceso de elecciones generales de 2017 con respecto al TREP y el cambio que hubo en los resultados electorales, con el cual no solo se creó una severa crisis política en los días posteriores a la jornada electoral, sino que la Secretaría General de la OEA llegó al punto de solicitar una repetición del proceso electoral.

Con la reanudación de los acuerdos en el CNE, el proceso de contratación continuó y el 30 de agosto de 2025, por unanimidad, el pleno de Consejeros del CNE decidió la asignación del contrato del servicio del TREP a la empresa Grupo ASD S.A.S.

Conclusiones

La transición de las elecciones primarias a las elecciones generales dejó muchos cabos sueltos con respecto a lo que ocurrió con la llegada del material electoral, el papel que jugó las Fuerzas Armadas y posteriormente el Ministerio Público. Sin que eso quedara del todo resuelto, comenzó la etapa previa del proceso de elecciones generales, y poco tiempo después de la convocatoria de las elecciones, surgieron serias diferencias en el pleno de Consejeros del CNE debido al alcance técnico que tendría el funcionamiento del TREP. En el fondo, las diferencias se circunscribieron al control político del TREP. Prueba de ello fue el cambio que se registró de la versión original de los pliegos de condiciones, en las que, una verificación de las correcciones a los resultados electorales realizadas a nivel de JRV pasaría únicamente por una transcripción manual, a que ahora los cambios derivados de errores en el escaneado de un acta tenga que sea aprobado unánimemente por el pleno de Consejeros del CNE, un requisito de unanimidad que no exige la ley. Sin mencionar que con la participación de tres fuerzas políticas mayoritarias en el CNE, la unanimidad en momentos críticos del proceso no es un escenario sencillo de alcanzar.

Para ser un sistema que no ha logrado alcanzar niveles de efectividad cercanos al 100%, el TREP sigue siendo apetecible, sobre todo en un proceso electoral en el que las alianzas políticas no son una realidad, por los momentos, como sí lo fueron en 2017 y en 2021, lo que acrecienta la contienda presidencial entre los partidos mayoritarios. Tampoco se puede desconocer que en una fase pre-electoral polarizada, el control político que se ha buscado definir previamente sobre el TREP, los resultados que se publiquen preliminarmente en la noche de la elección sean una herramienta de comunicación política que condicione la evolución de los resultados finales, el respeto a la institucionalidad del CNE y la paz social.