Gobierno garantiza que no aumentará la tarifa de energía eléctrica en el próximo trimestre

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Tegucigalpa.-El Gobierno de la República determinó hoy que no se incrementarán los precios del valor de la tarifa de energía eléctrica en el próximo trimestre, gracias al decreto enviado por el presidente Juan Orlando Hernández y aprobado por el Congreso Nacional.

En ese contexto, en comparecencia de prensa el ministro coordinador General de Gobierno, Carlos Madero, y el ministro de Energía, Roberto Ordóñez, en compañía de miembros del Gabinete de Energía, dieron a conocer los pormenores del decreto, cuyo principal objetivo es no afectar a la población hondureña con un aumento de la tarifa de energía eléctrica.

Madero detalló que «el presidente Hernández envió ayer al Congreso Nacional tres beneficios: uno, que no haya aumento a las tarifas de energía eléctrica para el pueblo hondureño, así como para el gas licuado LPG, y un mecanismo que permita no tener problemas y subsidiar los combustibles «.

«Queremos agradecer a los diputados del Congreso Nacional por recibir esta iniciativa de ley que permitirá en lo que resta del año no tener alzas en los precios de energía eléctrica, del gas, y prevé subsidiar los combustibles», señaló Madero.

A continuación el comunicado de prensa que fue leído por el ministro de Energía, Roberto Ordóñez:

Conjuntamente con la Secretaría de Finanzas (SEFIN) , la CIENEE y la Secretaría de Energía (SEN) queremos comunicarle al pueblo hondureño que el Gobierno de la República no va a aplicar ningún incremento a los precios de la tarifa de energía eléctrica para el cuarto trimestre de este año 2021.

REPITO:El Gobierno de la República no va a aplicar ningún incremento a los precios de la tarifa de energía eléctrica para el cuarto trimestre de este año del 2021.El Presidente de la República ha enviado un proyecto de decreto al Soberano Congreso Nacional de la República, el cual ha sido aprobado y faculta a la CREE a la no publicación del pliego tarifario de la eléctrica y a la CIENEE a su no aplicación hasta el 31 de diciembre del año 2021.

Debido de las condiciones de recuperación económica en el mundo y el restablecimiento de la normalidad de los mercados, variaciones en la tasa de cambio del lempira, así mismo de eventos climáticos de tormentas tropicales o huracanes que han afectado en la región, los precios de los combustibles derivados del petróleo han venido con una tendencia hacia el alza y estas variaciones afectan significativamente el costo de generación eléctrica.

El suministro de electricidad es un servicio esencial para el desarrollo de una vida digna en la sociedad actual y para el desarrollo del país, lo cual implica que se debe garantizar su suministro, calidad, continuidad y su seguridad. Es deber del Estado tomar todas aquellas medidas que estén encaminadas a asegurar el bienestar del pueblo, la economía de la nación y la continuidad de los servicios públicos.

De igual forma en el mismo decreto se protege a la población hondureña al garantizarse que no habrá incrementos al Gas Licuado del Petróleo para las presentaciones de cilindros con capacidad de diez (10), veinte (20) y veinticinco (25) libras, de uso doméstico; tomando como base el precio del mes de diciembre del año 2020 establecido a través del Sistema Precios Paridad de Importación aprobado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía, debiéndose pagar el diferencial generado durante el ejercicio fiscal 2021 a las empresas envasadoras que han mantenido estabilizado el precio.

En el mismo decreto se faculta al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN) en caso de ser necesario, otorgue subsidio a los precios de los combustibles.

Por lo que, el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado por medio de un Decreto Ejecutivo, debe emitir los criterios de aplicación de este beneficio para la población en general.

Asimismo, queda facultada la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para asignar los recursos necesarios, así como la realización de las operaciones presupuestarias y financieras para otorgar este beneficio.

Es facultad del Poder Ejecutivo la decisión de apoyar a los consumidores como parte del proceso de recuperación económica del país, sin modificar los precios de los servicios esenciales y sin afectar las finanzas del Estado.