Fiscalía de Nueva York se opone a que la defensa de JOH use investigación de narcolibretas

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Tegucigalpa/New York. La Fiscalía del Estado de Nueva York ha presentado este lunes un documento en el que se opone firmemente a la inclusión del informe de la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN) en la defensa del acusado, Juan Orlando Hernández (JOH).

 El informe detalla una investigación sobre lavado de activos relacionada con Magdaleno Meza, y la Fiscalía argumenta que este informe es irrelevante para el caso en curso.

El documento, presentado por Soraya Cálix en representación de la Fiscalía, solicita que se bloquee cualquier intento por parte de la defensa de presentar este informe, argumentando que no es relevante para el caso en cuestión.

Según el informe, la investigación se basa en las libretas incautadas a Meza en 2018, donde se detallan operaciones financieras relacionadas con Nery Orlando López Sanabria, alias Magdaleno Meza Funez, y su esposa, Erika Julissa Bandy García.

De igual forma, el informe revela que estas operaciones incluían transacciones en efectivo, inversiones en acciones, compra de oro y adquisición de bienes a nombre de terceros. Además, se tomaron medidas adicionales de investigación, cómo obtener registros de propiedad de un helicóptero mencionado en las libretas, vinculándolo con Tony Hernández y otros individuos.

Argumento

La Fiscalía argumenta que la admisibilidad del informe está sujeta a la Regla 803, que permite la admisión de ciertas pruebas, aunque sean técnicamente de oídas, siempre y cuando se pueda demostrar su fiabilidad. Para determinar la fiabilidad del informe, se consideran varios factores, como la puntualidad de la investigación, la habilidad del investigador, la realización de audiencias y la posibilidad de sesgo en la preparación del informe.

Aunque el informe puede ser nominalmente admisible bajo la Regla 803, la Fiscalía sostiene que las declaraciones de terceros o aquellas que no se basan en el conocimiento personal del informante requieren una base probatoria independiente para su admisión en el juicio. La excepción de rumores establecida en la Regla 803(8)(ii) no se aplica en casos penales, según lo argumentado por la Fiscalía.

En última instancia, la Fiscalía ejerce su discreción y obligación de excluir partes del informe que considera no confiables, ya sean declaraciones de hechos estrechas o conclusiones más amplias. Este argumento se basa en el caso Beech Aircraft Corp. v. Rainey, que establece la autoridad del juez para excluir cualquier parte del informe que se considere poco confiable.

En resumen, la Fiscalía de Nueva York se opone firmemente a la presentación del informe de la DLCN por parte de la defensa de JOH, argumentando que es irrelevante y carente de fiabilidad en su totalidad o en partes específicas.