Madrid – El Gobierno español decretó este domingo de nuevo el estado de alarma nacional, además del toque de queda nocturno, para contener la segunda ola de coronavirus, basado en una previsión constitucional para «alteraciones graves de la normalidad», por ejemplo crisis sanitarias como ésta, según la ley que lo regula.
El artículo 116 de la Constitución española establece que el decreto con que se apruebe debe establecer el ámbito territorial de aplicación, que es todo el país en este caso, y por un plazo inicial máximo de 15 días.
La prórroga debe ser autorizada por el Congreso de los Diputados a petición del Ejecutivo, que anunció hoy la intención de que se prolongue hasta el 9 de mayo.
La legislación española prevé la alarma para catástrofes y calamidades como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
También para la paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad en ciertas circunstancias, y situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
RESTRICCIONES DE CIRCULACIÓN
Mediante el estado de alarma es posible limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
El Gobierno decretó hoy un toque de queda obligatorio en toda España, excepto en las islas atlánticas de Canarias, entre las 23:00 y las 6:00 horas, aunque las regiones podrán retrasar o adelantarlo una hora.
La ley permite practicar requisas temporales de todo tipo de bienes, si lo decidieran las autoridades (no es el caso), e «intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados».
A los efectos del estado de alarma, la autoridad competente será el Gobierno nacional o, por delegación de éste, los presidentes regionales, como en estos momentos.
Es la segunda vez que el Ejecutivo, que dirige el socialista Pedro Sánchez, declara el estado de alarma nacional durante la epidemia, tras estar vigente entre mediados de marzo y junio pasados, en lo más duro de la crisis sanitaria.
Entonces se decidió el cierre de las fronteras, el confinamiento general de la población en las viviendas y la interrupción temporal de innumerables actividades socioeconómicas.
Hace dos semanas, se declaró otro parcial en Madrid y ocho grandes municipios limítrofes, que terminó este sábado. EFE