Declaran inconstitucional artículo que obligaba a demandantes pagar el 20% del valor de lo demandado

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Tegucigalpa.- La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró inconstitucional el artículo 39 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo que obligaba a los demandantes a pagar el 20 por ciento del valor de lo demandado.

El abogado Leonel Ávila informó que recientemente fue notificado que la Sala de lo Constitucional declaró con lugar un recurso de inconstitucionalidad que presentó contra el artículo 39 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo que exigía como requisito previo a incoar una demanda contencioso administrativo el rendir una caución del 20% del valor de lo demandado.

Detalló que con esta notificación esa “traba” legal que implicaba hacer una derogación por parte del demandante ha desaparecido.

“Estamos a la espera que después de la notificación que me han hecho lo hagan saber al Congreso Nacional para que proceda a su publicación en el diario oficial de La Gaceta», dijo Ávila.

Agregó que este artículo implicaba “onerosas erogaciones para defender sus derechos en lo contencioso administrativo, incluye también las acciones o demandas por malas praxis médicas o de otra índole profesional”.